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Guía para ayuntamientos

Venta directa de agricultores y productores locales en el mercadillo

Muchos ayuntamientos quieren que el mercadillo tenga producto local. Varias leyes autonómicas permiten reservar puestos para quienes venden lo que producen o dan facilidades a los agricultores. Esta guía reúne lo que dice cada norma.

Equipo de Appmercat · · 2 min de lectura

Por qué importa

El producto local diferencia el mercadillo, atrae público y apoya la economía del municipio. Pero la selección de vendedores debe seguir siendo transparente y no discriminatoria: la residencia en el municipio no puede ser requisito ni mérito en varias comunidades. La vía correcta es la que prevé cada ley.

Qué permite cada comunidad

Reservas y facilidades para productores según la normativa autonómica
ComunidadQué prevé
Comunidad de MadridEl ayuntamiento puede reservar **hasta un 10 %** de los puestos para empresarios del municipio que no son del sector comercio y venden lo que producen o fabrican (Ley 1/1997, art. 6.1)
Comunitat ValencianaLa ordenanza puede **reservar espacios** para agricultores y ganaderos que venden productos agropecuarios en estado natural originarios del municipio, y decidir qué requisitos generales no se les aplican (Decreto 65/2012, arts. 3.4 y 7.2)
AragónEs modalidad propia la venta en la vía pública de productos perecederos de temporada o artesanales por agricultores o artesanos, directamente o mediante sus asociaciones o cooperativas; es la excepción a la prohibición general de vender alimentos en ambulante (Ley 4/2015, arts. 24.2 y 25.d)
Principado de AsturiasEn la vía pública solo se pueden vender productos estacionales o artesanales (Ley 9/2010, art. 47)
CanariasLos criterios de la ordenanza deben orientarse, entre otras cosas, a **potenciar lo autóctono o local** (DLeg 1/2012, art. 19.2)
Región de MurciaLas administraciones deben promover el consumo de productos autóctonos en los mercados periódicos (Ley 3/2014, art. 3.1.a)
CataluñaLa ley de comercio se aplica sin perjuicio de la normativa específica de **venta directa** de productos agroalimentarios por sus productores (Ley 18/2017, art. 15.1). El modelo de la Diputació de Barcelona valora en la convocatoria la proximidad y el carácter ecológico de los productos

Cómo hacerlo bien

  1. Comprobar qué permite la ley de vuestra comunidad: una reserva expresa (Madrid, Valencia) o criterios de valoración (Cataluña, Canarias).
  2. Recogerlo en la ordenanza: número de puestos reservados, quién puede optar y cómo se acredita la condición de productor.
  3. En la convocatoria, puntuar la proximidad o el origen de los productos con criterios objetivos, sin usar la residencia como mérito.
  4. Pedir la documentación que acredite la condición de agricultor o productor. En Valencia, la declaración responsable debe indicar los productos que cultiva y los municipios de sus explotaciones (Decreto 65/2012, art. 15).
  5. Respetar siempre la normativa sanitaria de los alimentos que se vendan.

Cómo ayuda Appmercat

  • El censo registra los productos autorizados en cada puesto, para ver de un vistazo qué parte del mercado es producto local.
  • La ficha pública describe el tipo de mercado y lo que se vende, en castellano, catalán e inglés.
  • Configuráis en la consola las reglas de vuestra ordenanza.

Contadnos qué mercadillo gestionáis y os enseñaremos cómo quedaría.

Fuentes

Esta guía es informativa y no constituye asesoramiento jurídico. Consultad siempre la normativa vigente de vuestra comunidad autónoma y vuestras ordenanzas.