Guía para ayuntamientos
Venta ambulante en La Rioja: lo que exige la ley a los ayuntamientos
La ley riojana deja a cada ayuntamiento la duración de las autorizaciones y el número de puestos. Tiene una particularidad: los vendedores ambulantes deben comunicarlo a la administración regional para inscribirse en su registro de comerciantes.
Equipo de Appmercat · · 2 min de lectura
La norma
La venta ambulante o no sedentaria se regula en los arts. 34 a 36 de la Ley 3/2005, de 14 de marzo, de Ordenación de la actividad comercial y las actividades feriales de La Rioja. Esta guía sigue el texto consolidado del BOE.
La autorización
- La otorga el ayuntamiento, que puede limitar el número de autorizaciones según el espacio disponible (art. 35.2).
- No puede ser indefinida y debe permitir amortizar la inversión. La ley no fija la cifra.
- Si hay más solicitantes que puestos, la selección debe ser transparente e imparcial, con publicidad de su inicio, desarrollo y final.
- El vendedor debe estar identificado en el puesto con sus datos de titularidad y domicilio.
- Los puestos no pueden situarse en los accesos a comercios, industrias, escaparates o edificios de uso público (art. 35.1).
Modalidades
| Modalidad | Detalle |
|---|---|
| Mercados fijos | Anejos a los mercados permanentes |
| Mercados periódicos | En lugares establecidos, con periodicidad habitual y determinada |
| Mercados ocasionales | Con motivo de fiestas o acontecimientos populares |
| Productos de temporada en la vía pública | Con criterios restrictivos y excepcionales, una vez fijados los puestos o zonas |
| Vehículos tienda | Con las fechas, el calendario y los itinerarios aprobados por el ayuntamiento |
En todas las modalidades, el vendedor informa de la dirección donde atiende reclamaciones, que también figura en la factura o comprobante (art. 36.2). No se pueden vender los productos cuya normativa lo prohíba, en especial los alimenticios, ni los que incumplan la normativa técnico-sanitaria (art. 35.3).
Cómo ayuda Appmercat en La Rioja
- Configuráis en la consola las reglas de vuestra ordenanza: medidas, faltas, vacaciones, sanciones y tasa.
- Censo de licencias por mercado con titular, puesto, productos, situación y antigüedad, exportable en CSV.
- Titular, cotitulares y personas autorizadas en cada puesto, con el historial de cambios.
Contadnos qué mercadillo gestionáis y os enseñaremos cómo quedaría.
Fuentes
Esta guía es informativa y no constituye asesoramiento jurídico. Consultad siempre la normativa vigente de vuestra comunidad autónoma y vuestras ordenanzas.