Guía para ayuntamientos
Venta ambulante en Castilla y León: lo que exige la normativa a los ayuntamientos
La normativa de Castilla y León sobre venta ambulante es breve y deja casi todo a la ordenanza municipal. Por eso, en esta comunidad, la ordenanza es la que realmente marca las reglas del mercadillo.
Equipo de Appmercat · · 2 min de lectura
La norma
La venta ambulante o no sedentaria se regula en el texto refundido de la Ley de Comercio de Castilla y León, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2014 (arts. 40 a 42), y en el Decreto 82/2006, modificado en 2013 y de nuevo por el Decreto 13/2025 (art. 23). Esta guía sigue la versión consolidada que publica la Junta, que ya incluye la modificación de 2025.
Dónde se puede vender
La ley solo permite la venta no sedentaria en mercados fijos, periódicos u ocasionales, y en lugares de la vía pública para productos de naturaleza estacional (art. 40).
La autorización
- La otorga el ayuntamiento, que también aprueba el reglamento u ordenanza de la actividad (art. 41).
- Su duración no puede ser indefinida y debe permitir amortizar la inversión. La ley no fija una cifra: la decide la ordenanza.
- La selección debe ser transparente e imparcial, con publicidad de su inicio, desarrollo y final, sin renovación automática ni ventajas para quien deja el puesto.
- Es transmisible previa comunicación al ayuntamiento (Decreto 82/2006, art. 23.1).
Según el Decreto 82/2006, la autorización contiene como mínimo:
- la identificación del titular;
- el periodo de vigencia;
- el ámbito territorial y el lugar o lugares de venta;
- las fechas en que se puede vender;
- los productos autorizados.
Quien vende debe tener a la vista la autorización municipal y una dirección para reclamaciones (art. 23.2).
Lo que debe fijar la ordenanza
La ley pide que la ordenanza determine, como mínimo (art. 42.1):
- los lugares y periodos de cada modalidad de venta ambulante;
- el número de puestos o licencias;
- los productos que se pueden vender;
- la tasa por la concesión de la licencia;
- el régimen interno de funcionamiento del mercadillo;
- el régimen sancionador aplicable.
Como la normativa autonómica no fija la duración de la autorización, el procedimiento de adjudicación, la transmisión con detalle ni las faltas de asistencia, todo eso debe resolverlo la ordenanza. Las guías generales sobre la ordenanza, la convocatoria y el traspaso de puestos ayudan a cubrir esos huecos.
Cómo ayuda Appmercat en Castilla y León
- Censo de licencias por mercadillo con titular, número de puesto, productos, situación y antigüedad, exportable en CSV: la base de la relación anual que pide la Junta.
- Titular, cotitulares y personas autorizadas en cada puesto, con el historial de cambios.
- Configuráis las reglas de vuestra ordenanza en la consola: medidas, faltas, vacaciones, sanciones y tasa.
Contadnos qué mercadillo gestionáis y os enseñaremos cómo quedaría.
Fuentes
Esta guía es informativa y no constituye asesoramiento jurídico. Consultad siempre la normativa vigente de vuestra comunidad autónoma y vuestras ordenanzas.