Guía para ayuntamientos
Ferias y ferias-mercado: cuándo es una feria y cuándo un mercado
Feria de la cerámica, feria de stock, feria del libro: el nombre no decide qué normativa se aplica. Esta guía explica la diferencia entre una actividad ferial y un mercado, y qué trámites tiene cada uno.
Equipo de Appmercat · · 3 min de lectura
La diferencia clave: la venta directa
Las leyes de comercio definen la actividad ferial como una manifestación comercial para exponer bienes o servicios, darlos a conocer y acercar oferta y demanda, con duración limitada y varios expositores. Y excluyen expresamente los mercados dirigidos al público en general cuya finalidad principal sea la venta directa con retirada de mercancía, aunque se llamen tradicionalmente feria (Cataluña, Ley 18/2017, art. 40.2.e; La Rioja, Ley 3/2005, art. 58.2.d; Canarias, DLeg 1/2012, art. 58.2.d).
Si en vuestra feria lo principal es vender y llevarse la mercancía, para la ley es un mercado: se aplican las reglas de la venta ambulante y de los mercados ocasionales. Ver la guía de mercados ocasionales.
Tipos de actividad ferial
| Tipo | Qué es | Venta directa |
|---|---|---|
| Feria | Periódica, dirigida sobre todo al público profesional | En La Rioja, se admiten pedidos pero no venta con retirada de mercancía durante la feria (Ley 3/2005, art. 59.3) |
| Exposición o muestra | Como la feria, pero sin periodicidad establecida | Igual que la feria |
| **Feria-mercado** | Periódica, dirigida al público en general | Sí, de forma complementaria o eventual (Cataluña, art. 41.2; La Rioja, art. 59.1.c) |
Cataluña: qué hace el ayuntamiento
- Una actividad ferial dura entre un día, mañana y tarde, y quince días seguidos, con un máximo de dos ediciones al año (Ley 18/2017, art. 40.1.a).
- Una feria-mercado en espacio público necesita autorización previa del ayuntamiento. En espacio privado, basta comunicarla antes al ayuntamiento (art. 44.2).
- El ayuntamiento debe informar a la Generalitat de las ferias-mercado comunicadas o autorizadas, para inscribirlas en el Registro de actividades feriales (art. 44.3).
- El organizador responde del orden público dentro del recinto y de la seguridad de personas, productos e instalaciones (art. 45).
Otras comunidades
| Comunidad | Regla |
|---|---|
| La Rioja | Las actividades feriales se comunican a la Dirección General de Comercio con dos meses de antelación, salvo las ferias-mercado exclusivamente locales, que se comunican al ayuntamiento; este lo traslada a la Dirección General para el registro (Ley 3/2005, art. 64) |
| Canarias | Comunicación previa a la Comunidad Autónoma con dos meses de antelación; la venta directa en la feria requiere comunicación previa del organizador. Quedan fuera los mercados populares tradicionales de animales, ganado o alimentos sin elaborar (DLeg 1/2012, arts. 58, 59 y 75) |
| Principado de Asturias | Durante la feria se puede vender directamente, con sujeción al régimen general de comercio y con libertad de horario (Ley 9/2010, art. 59.1) |
| Galicia | Las **ferias de oportunidades** de comerciantes del municipio: comunicación a la Dirección General de Comercio con un mes de antelación, como máximo tres días y una vez al año, y dos tercios de los participantes del municipio o comarca (Ley 13/2010, art. 94) |
En la práctica
- Decidid qué es vuestro evento: exposición para profesionales, feria-mercado con venta complementaria o mercado de venta directa.
- Si es un mercado, tratadlo como un mercado ocasional en la ordenanza: fechas, lugar, puestos y adjudicación.
- Si es una actividad ferial, comprobad qué comunicación pide vuestra comunidad y quién la hace.
- Si lo organiza una entidad, fijad en la autorización quién responde de la seguridad y la limpieza.
- Publicad las fechas con antelación: las ferias atraen visitantes de fuera del municipio.
Cómo ayuda Appmercat
- Appmercat publica ferias y mercados ocasionales con su tipo, fechas, horario y ubicación, en castellano, catalán e inglés. Es gratuito.
- El horario admite fechas especiales y eventos de un día concreto.
- La dirección de cada ficha es estable: la podéis enlazar desde la web municipal año tras año.
Contadnos qué mercadillo gestionáis y os enseñaremos cómo quedaría.
Fuentes
- Ley catalana 18/2017, de comercio, servicios y ferias
- Ley 3/2005, de Ordenación de la actividad comercial y las actividades feriales de La Rioja (arts. 58 a 65)
- Decreto Legislativo 1/2012, texto refundido de las Leyes de Ordenación de la Actividad Comercial de Canarias (arts. 58 a 76)
- Ley 9/2010, de comercio interior del Principado de Asturias (art. 59)
- Ley 13/2010, del comercio interior de Galicia (arts. 93 y 94)
Esta guía es informativa y no constituye asesoramiento jurídico. Consultad siempre la normativa vigente de vuestra comunidad autónoma y vuestras ordenanzas.